El comité evaluará los aspectos éticos y científicos del proyecto. Para ello, podrá solicitar la opinión de expertos en la materia, si lo estima necesario.
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Se solicitará a un miembro del Comité que realice un informe del proyecto, de acuerdo a una pauta de evaluación (Anexo 1 del presente reglamento). El resultado de este informe será presentado por el miembro correspondiente y sometido a discusión por el Comité.
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El Comité dispondrá un plazo de un mes para realizar la evaluación, a contar de la fecha de recepción del proyecto. El acta de aprobación será entregada en informe escrito, firmado por el Presidente del Comité y/o por el Secretario Ejecutivo.
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El resultado de la evaluación tendrá las siguientes alternativas: a) aprobación del proyecto, b) solicitud de enmiendas o aclaraciones en aquellos aspectos que se estime, c) de rechazo del proyecto.
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En los casos en que solicite enmiendas o aclaraciones, el Comité tendrá un plazo de 15 días hábiles para la entrega de la evaluación final, a contar de la recepción de las enmiendas o aclaraciones.
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En los casos en que las aclaraciones se refieran a aspectos sustantivos sin las cuales es imposible evaluar éticamente el proyecto, el Comité tendrá el plazo de un mes para la entrega de la evaluación final, a contar de la recepción de las aclaraciones.
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Las evaluaciones que resulten en rechazo del proyecto serán consideradas inapelables.